Para solicitar convalidaciones debes estar matriculado o matriculada en el ciclo formativo y los módulos profesionales concretos que quieras convalidar.
Realiza todos los trámites en la Secretaría del centro.
Requisito indispensable: estar matriculado/matriculada en un centro
SubirPara solicitar la convalidación, la persona ha de estar matriculada en un centro docente autorizado, cursando enseñanzas de FP.
¿Qué es una convalidación de módulos profesionales de Formación Profesional?
SubirLa convalidación es el procedimiento por el cual se reconoce que unos estudios reglados oficiales del sistema educativo contienen los resultados de aprendizaje, contenidos y carga horaria del módulo o módulos profesionales que se solicite convalidar, siendo requisito imprescindible estar matriculado en un centro educativo para poder solicitarla.
¿Qué se puede convalidar?
SubirVéase disposición final primera. Dos del Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado superior y se fijan sus enseñanzas mínimas.
IPE II de Ciclo Formativo LOE a otro LOE: se convalidará, con independencia del ciclo formativo de grado medio o superior al que pertenezcan. Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional (artículo 126).
Véase disposición final cuarta. Uno del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la Ordenación del Sistema de Formación Profesional.
¿Qué no se puede convalidar?
Subir¿Qué puedo aportar para convalidar?
Subir¿Qué no puedo aportar para convalidar?
Subir¿Qué documentación necesito?
Subir¿Cómo, dónde y cuándo se inicia el trámite?
Subir¿Quién debe emitir la resolución?
SubirCon el objetivo de agilizar el trámite de la resolución de convalidación de módulos profesionales de títulos de formación profesional del sistema educativo, se utiliza la Sede electrónica del MEFPD para la notificación de la resolución de las convalidaciones que son responsabilidad de este ministerio.
De esta manera el solicitante descargará directamente la resolución de la SEDE electrónica del ministerio , en cuanto le llegue, vía correo electrónico, la notificación de que la misma se encuentra disponible.
Asimismo, la Subdirección General de Ordenación de la Formación Profesional, comunicará por correo electrónico al centro público o privado autorizado, que dicha resolución ha sido notificada al solicitante, enviando además una copia de la misma en un archivo adjunto para conocimiento de la misma, con la salvedad de que el centro no podrá hacerla efectiva mientras el alumno no se lo comunique oficialmente.
Por todo lo cual, es imprescindible incluir en la solicitud de convalidación, el correo electrónico tanto del interesado como del centro público o privado autorizado para posibilitar la notificación de la resolución.
¿Qué calificación obtengo?
SubirSi se aportan Módulos Profesionales LOGSE o LOE: La misma calificación.
La calificación de un módulo convalidado será la obtenida por el solicitante en el módulo profesional cursado que conste en la documentación académica correspondiente, y que dé lugar a la convalidación. En aquellos casos, en los que la convalidación exija considerar más de un módulo profesional, la calificación final será el resultado del cálculo de la media aritmética de las calificaciones obtenidas en dichos módulos, siendo únicamente de aplicación cuando se aporten módulos profesionales de formación profesional del sistema educativo (artículo 3.3 del Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre ).
En el resto de aportaciones: Sin calificación. Consta como CONVALIDADO.
Los módulos profesionales convalidados aportando estudios universitarios, así como los que se convaliden aportando estudios anteriores a la LOGSE, no llevarán asignada ninguna puntuación, constando en el expediente del alumnado como convalidado y no computarán a efectos de cálculo de la nota media. (artículo 3.10 del Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre)
¿Cómo termina el trámite?
SubirEl trámite concluye con la emisión de la resolución de convalidación solicitada. La secretaría informará sobre la resolución de convalidaciones que son responsabilidad del centro educativo.
Para las resoluciones que son responsabilidad de la Subdirección General de Ordenación e Innovación de la Formación Profesional, se envía al correo electrónico facilitado por el alumnado, un mensaje de que la resolución está preparada. Para hacer efectiva la convalidación el solicitante debe entregarla en la secretaría del centro.
El solicitante debe acceder a la sede electrónica y descargar el documento .
Una vez entregada la convalidación en la secretaría, si no se desea que se haga efectiva, se puede renunciar mediante escrito dirigido a la dirección del centro.
¿Y si no estoy de acuerdo?
SubirSe puede interponer recurso de alzada.
Una vez resuelto el recurso de alzada, por el órgano competente, se pone fin a la vía administrativa.